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Alegaciones de Asosgra al concurso provisional de traslados Imprimir E-mail
Miércoles, 23 de Abril de 2008 00:00

LA  JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE ORIENTADORES DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE GRANADA ( con C.I.F. G-18539734, Registrada con el nº 3805 de la Sección 1ª en el Registro de Asociaciones de Granada) 

Respecto a  la RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL CONCURSO DE TRASLADOS DE E. SECUNDARIA CONVOCADO POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN de la Junta de Andalucía por Orden de 25 de octubre de 2007, expuesta por ResolucIón de 28 de marzo de 2008 publicada en BOJA el 16/04/2008 y estando en plazo para proceder a reclamaciones sobre las adjudicaciones efectuadas por el mismo, REALIZA LAS SIGUIENTES ALEGACIONES: 

- Habiendo observado que muchos compañeros y compañeras que pertenecen al Cuerpo de Profesores de E.Secundaria-Especialidad de Psicología y Pedagogía y que habiendo solicitado destino en EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA DE LOS CUALES EXISTÍAN VACANTES han obtenido destinos solicitados en lugares posteriores, viendo como otros compañeros y compañeras con menor puntuación obtenían algunos de dichos destinos, y en otros casos no se han adjudicado a nadie quedando vacantes (como por ejemplo en los EOEs de Alhama de Granada (Código 18040074), Guadix, (Código 18040098),  Iznalloz (Código 18040141). Órgiva (Código 18040116), Baza (Código 180400050),... entendemos dicho hecho como contrario a los principios de igualdad, mérito y capacidad promulgados por nuestra Constitución y a lo establecido en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 2/2006 de 3 de mayo (L.O.E.). 

- Que también observamos ello obedece a lo establecido en la disposición tercera-3 de la Convocatoria de la Orden de 25 de octubre de 2007, de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía por la que se convoca procedimiento de provisión de vacantes del personal funcionario docente perteneciente a los Cuerpos de Enseñanza Secundaria,...  disposición en la que se exige para poder optar a puestos de los EOEs los requisitos establecidos en el Decreto 39/2003 de 18 de febrero  (BOJA de 21 de febrero de 2003) , Decreto que se promulgó para regular transitoriamente la provisión de puestos de trabajo de EOEs, en tanto se daba solución a lo dispuesto en la Disposición Transitoria 15ª de la Ley 2/2006, lo cual ya produjo con anterioridad a la convocatoria de este Concurso de Traslados... Por ello entendemos contrario a derecho exigir para obtener destino en un EOE en el momento actual tener dos años de experiencia (aunque sea interina) en EOEs, pues ya se ha producido la equiparación en cuanto al régimen de cobertura de puestos de trabajo de Orientadores de Primaria y Secundaria. 

- En base a los argumentos antes expuestos creemos ser contrario a LOE y LEA la exigencia de los requisitos del Decreto 39/2003, norma de rango inferior a las dos anteriores. - POR LO CUAL SOLICITAMOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN (con sede en Sevilla) SEA REVISADA LA ADJUDICACIÓN PROVISIONAL DEL CONCURSO DE TRASLADOS DE SECUNDARIA DE LOS PUESTOS DE E.O.E.s para la especialidad de Psicología y Pedagogía y sean adjudicados los puestos de los mismos a los concursantes de mayor puntuación que los hayan solicitado en sus instancias de peticiones.                                  

 Granada, 21 de abril de   2008  

                                      En representación de la JUNTA DE GOBIERNO DE A.S.O.S.G.R.A.  

                                          EL SECRETARIO,                                                  Fdo. José Ginés Hernández

 

Última actualización el Viernes, 23 de Mayo de 2008 12:49
 
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